SUMMARY
La heterogeneidad religiosa y de valores que presentan las sociedades postmodernas propicia que surjan conflictos entre el contenido de las normas jurídicas y la conciencia de los destinatarios. Los objetores invocan el derecho fundamental de libertad religiosa para fundamentar sus pretensiones. Se parte del ordenamiento jurídico español y de otros de su entorno para examinar el contenido y límites del derecho a la objeción de conciencia y las posibilidades de regular su ejercicio. El autor también examina los mecanismos que existen para ponderar el interés particular del objetor y el interés general representado por la norma. Dedica también atención a la posibilidad de que aumenten las objeciones de conciencia en los casos en que el legislador no adapta el contenido de la norma a las necesidades sociales, sino que emplea la norma para transmitir unos contenidos que no son generalmente compartidos. El resultado puede ser la transformación de la mentalidad social y el aumento de casos de objeción de conciencia.