SUMMARY
El derecho de información, a pesar de su carácter instrumental, es el quepermite el ejercicio del resto de derechos. Ante la vulneración del mismo, el ordenamiento vigente prevé como medio de reacción la impugnación del acuerdo social afectado. A pesar de ello, las modificaciones proyectadas no apuntan hacia esa línea, por tanto, resulta de especial interés determinar cuáles serán las alternativas propuestas.